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Asanda denuncia el lanzamiento de la pava en Cazalilla y lamenta la "falta de autoridad" de la Junta

La Asociación Andaluza para la Defensa de los Animales (Asanda) ha denunciado ante la Delegación de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Jaén el lanzamiento de una pava viva desde el campanario de la parroquia Santa María de la Magdalena que tuvo lugar el pasado día 3 en Cazalilla. Ha destacado el carácter "reincidente" de este hecho criticando la "falta de autoridad" de la Junta que se ha convertido "en motivo de chanza".

Con su escrito, presentado por el vicepresidente del colectivo, Luis Gilpérez, y al que ha tenido acceso Europa Press, viene a formular denuncia sobre la base de infracción de la Ley 11/2003 de Protección de los Animales contra los responsables de arrojar al animal y contra el Ayuntamiento como responsable subsidiario "por omitir el deber legal de impedir la citada infracción".

Según expone, el pasado 3 de febrero "se celebró un festejo durante el cual una pava fue lanzada desde el campanario hacia la plaza a fin de que aquel de los vecinos, de entre los congregados en dicho lugar, que la capturase, se quedara con el animal como premio". Estos hechos "están expresamente prohibidos" y "tipificados como falta muy grave" y "falta grave" en el artículo 38.e y 39.m, respectivamente de la citada norma.

Para Asanda, la "infracción es reincidente" desde que quedaron tipificados por ley y "premeditada, por cuanto se tiene preparado al animal y el acceso al campanario con antelación" y, además, "se realiza con conocimiento de causa, por cuanto ha sido sancionada con anterioridad y ello es de conocimiento público" con una "trascendencia social que se refleja en medios de comunicación que exceden lo local".

"A la vista de los comentarios que recogen los medios de comunicación, la falta de autoridad de esa Delegación para hacer cumplir lo legislado se ha convertido en motivo de chanza y muestra de una Administración decadente", recalca la asociación, que pide a la Junta por todo ello que incoe expediente sancionador e "imponga a los responsables de la infracción las sanciones previstas en su máxima graduación en atención a los criterios previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2003".

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