Dos veterinarios de la perrera El Refugio, únicos imputados al acabar la instrucción
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La jueza archivael caso para otrossiete implicadosen el auto que da por finalizada la investigación judicial
SILVIA TUBIO
| CÁDIZ
Dos veterinarios de la perrera El Refugio, únicos imputados al acabar la instrucción
La instructora no sabe determinar cuántos animales domésticos fueron sacrificados por un método cruel en la perrera El Refugio de Puerto Real, entre los años 2005 y 2007, pero sí le consta que sólo en 2007 murieron, al menos, 573 mediante un potente paralizante muscular, sin que fueran sedados previamente. Ésa es una de las conclusiones a la que ha llegado la investigación judicial y que ha concluido con la imputación de los dos veterinarios del centro y el sobreseimiento de las actuaciones para los otros siete implicados, entre ellos la directora y el administrador de la sociedad que gestiona las instalaciones.
La titular del nº 2 de Puerto Real ve indicios suficientes para que los dos profesionales sean acusados de tres infracciones penales: un delito y una falta continuada de maltrato de animal doméstico y otro delito de denuncia falsa. Apenas menciona en su auto al resto de implicados, que conformaban la plantilla de un recinto, que en 2007 fue investigada por agentes del Seprona de la Comandancia de Cádiz.
La Guardia Civil supo en el mes de junio, a partir de una denuncia del colectivo proteccionista El Refugio, que está personado como acusación en el procedimiento y que nada tiene que ver con la perrera más allá de compartir el nombre, que los métodos de sacrificio que utilizaban podrían ser muy cruentos. Así se supo de la existencia de una sustancia, de nombre Mioflex Braun, que la instructora describe como «un paralizante muscular que, inyectado en el animal por vía intramuscular provoca, al cabo de unos minutos, una parálisis ascendente hasta interesar los músculos respiratorios pero no el corazón».
Esa agonía que describe la jueza se la provocaron supuestamente a los animales los dos únicos imputados «sin utilización de sustancias sedantes, anestésicas o inhibidoras de la conciencia». La conducta delictiva que aprecia la instructora no está en el hecho de que dieran muerte sino que no pusieran medios para mitigar el sufrimiento de canes y gatos.
Sin servicio de guardia
Pero no es la única irregularidad en el funcionamiento de la perrera que menciona en su auto. El centro no ofrecía asistencia médica los fines de semana y festivos. Esto propició que muchos de los animales que entraban enfermos o heridos terminaran muriendo, pese a que los veterinarios, como indica la jueza, estaban obligados a atenderlos. También cita las pésimas condiciones del recinto, que pudieron influir en la muerte de otros tantos animales: el hacinamiento y que no estuvieran separados los enfermos de los sanos.
Las diligencias previas que el juzgado abrió en septiembre de 2007 salpicaron a otras siete personas, cuatro de ellas representadas por el letrado Felipe Meléndez. La jueza sólo argumenta que no tenían la obligación o el deber de actuar en los métodos de sacrificio, por lo que propone el archivo de las actuaciones. Aunque uno de los veterinarios declaró que eran auxiliados por otras personas en la práctica de las eutanasias. Si bien, deja en suspenso la responsabilidad civil que la directora y el administrador de la sociedad pudieran tener al término del procedimiento.
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