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El Seprona investiga peleas de gallos organizadas por unos menores que las graban y suben a YouTube

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los vídeos ya han sido retirados

El delito por maltrato animal puede suponer una multa de entre 2.000 y 30.000 euros e incluso penas de hasta tres años de cárcel
Internet vuelve a sorprender con una de esas barbaridades a las que tanto nos aferramos los seres humanos. El Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) ha iniciado una investigación por maltrato de animales contra un grupo de adolescentes de Maracena que organizan peleas de gallos, las graban en vídeo y las suben a Internet. Se trata de dos vídeos en los que se pueden ver un pequeño criadero de gallos y varias peleas -una de ellas en un concurrido parque de Maracena- en las que los animales terminan visiblemente dañados.

La Ley de protección de animales es bastante ambigua en lo referente a peleas de gallos. De hecho, cada Comunidad Autónoma tiene su propia legislación; en Canarias, por ejemplo, son legales. En Andalucía, y según el artículo 4 de la Ley 11/2003, «las peleas de gallos están prohibidas, salvo en casos de selección de cría para la mejora de la raza y su exportación. Debe realizarse en criaderos y locales debidamente autorizados con la sola asistencia de los socios».

Tal y como indican fuentes del Seprona, en el caso de Maracena «no parece que cuenten con la autorización oportuna», «hay un ambiente de fiesta» y «animan la lucha con gritos». Razones suficientes para incurrir en delito y que se multiplican por su publicación en la página web Youtube, donde ya van 600 visitas entre los dos vídeos. «El mero hecho de organizar una pelea de animales ya supone una infracción muy grave que por la vía administrativa podría acarrear una multa de entre 2001 y 30.000 euros», explican.

Pero las consecuencias pueden ir a más. Según el artículo 337 del código penal, si un gallo sufre alguna lesión, como por ejemplo un picotazo en el ojo, podría suponer una pena de entre tres meses a un año de cárcel para los organizadores. De no tener lesiones graves, se aplicaría el artículo 632.2, por el que el juez estipularía entre 20 y 60 días de trabajo para la comunidad.

Dificultades

En la provincia de Granada, las denuncias por maltrato a animales no son demasiado frecuentes. No obstante, en el Seprona tienen sospechas de que en algunos puntos de la provincia se siguen realizando estas primitivas costumbres. «Es muy difícil de demostrar, porque en la mayoría de los casos se realizan dentro de los propios domicilios y tiene que estar la cosa muy clara para que el juez de permiso de entrada», detallan fuentes del Seprona. De ahí la importancia de pillarlos 'in fraganti' y de que la gente denuncie estos hechos para que los agentes puedan actuar con prontitud y eficacia.

En el caso de Maracena, los agentes del Seprona han iniciado una investigación sin necesidad de denuncia por tratarse de un acto «que se realiza en un lugar público, en ambiente de fiesta, que publican en la red y que, por supuesto, provoca un daño a los animales». Y continúan: «la víctima es la sociedad, a todos nos duele ver estas cosas». En cualquier caso, para los de Maracena aún queda que un veterinario demuestre las lesiones en los animales, «y conseguir esas pruebas para probar el artículo 337 es complicado. Pero la sanción administrativa sí estará, gracias a ellos mismos y a Internet», concluyen.


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