El Supremo rechaza la querella que acusaba a Bermejo de cazar sin licencia en Jaén.
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ABC. es, 7 julio 2009
El Supremo rechaza la querella que acusaba a Bermejo de cazar sin licencia en Jaén
Las fotos de la cacería en el coto «Cabeza Prieta» de Jaén se publicaron en la revista «Época» /
Lee el auto del TS, hecho público hoy
El Tribunal Supremo ha decidido rechazar la admisión a trámite de la querella presentada contra el ex ministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo en la que se acusaba al hoy diputado socialista de un presunto delito relativo a la protección de la fauna por haber cazado sin licencia en la provincia de Jaén, concretamente en la finca «Navaltoro», ubicada en el municipio de Andújar.
Los magistrados de la Sala de Penal del Tribunal Supremo, presididos por el juez Juan Saavedra, concluyen que los hechos denunciados no son constitutivos de delito. Dejan claro, en cambio, en la sentencia hecha pública hoy que Bermejo sí podría haber incurrido en una infracción administrativa por cazar sin licencia.
La querella imputa a Bermejo por haber matado cuatro ciervos durante la cacería que tuvo lugar el fin de semana del 7 y 8 de febrero. Según la sentencia, presentada el pasado 10 de marzo, el entonces titular de Justicia «carecía de licencia para realizar dicha actividad».
Posteriormente, la demandante particular que la presentó amplió la querella y denunció asismo que Bermejo, en una cacería celebrada el día 8 de febrero en el coto «Cabeza Prieta» de Jaén -donde coincidió en la jornada de ocio con el magistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón-, participó en la caza de jabalíes, cuando en dicha finca sólo se permite cazar ciervos, gamos y muflones.
El Ministerio Público solicitó la inadmisión de la querella al entender que los hechos denunciados «no son constitutivos de infracción penal».
La sentencia hecha pública hoy destaca que en la ampliación de la querella «se afirmaba que fueron matados jabalíes pero sin adjudicar su caza a Bermejo», por lo que los hechos atribuidos al entonces ministro del Gobierno no son constitutivos de delito.
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http://www.abcdesevilla.es/20090707/nacional-tribunales/supremo-rechaza-querella-acusaba-200907071359.html?cambio=1&urlini=www.abc.es
El Supremo rechaza la querella que acusaba a Bermejo de cazar sin licencia en Jaén
Las fotos de la cacería en el coto «Cabeza Prieta» de Jaén se publicaron en la revista «Época» /
Lee el auto del TS, hecho público hoy
El Tribunal Supremo ha decidido rechazar la admisión a trámite de la querella presentada contra el ex ministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo en la que se acusaba al hoy diputado socialista de un presunto delito relativo a la protección de la fauna por haber cazado sin licencia en la provincia de Jaén, concretamente en la finca «Navaltoro», ubicada en el municipio de Andújar.
Los magistrados de la Sala de Penal del Tribunal Supremo, presididos por el juez Juan Saavedra, concluyen que los hechos denunciados no son constitutivos de delito. Dejan claro, en cambio, en la sentencia hecha pública hoy que Bermejo sí podría haber incurrido en una infracción administrativa por cazar sin licencia.
La querella imputa a Bermejo por haber matado cuatro ciervos durante la cacería que tuvo lugar el fin de semana del 7 y 8 de febrero. Según la sentencia, presentada el pasado 10 de marzo, el entonces titular de Justicia «carecía de licencia para realizar dicha actividad».
Posteriormente, la demandante particular que la presentó amplió la querella y denunció asismo que Bermejo, en una cacería celebrada el día 8 de febrero en el coto «Cabeza Prieta» de Jaén -donde coincidió en la jornada de ocio con el magistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón-, participó en la caza de jabalíes, cuando en dicha finca sólo se permite cazar ciervos, gamos y muflones.
El Ministerio Público solicitó la inadmisión de la querella al entender que los hechos denunciados «no son constitutivos de infracción penal».
La sentencia hecha pública hoy destaca que en la ampliación de la querella «se afirmaba que fueron matados jabalíes pero sin adjudicar su caza a Bermejo», por lo que los hechos atribuidos al entonces ministro del Gobierno no son constitutivos de delito.
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