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Gecen pregunta al Consell por el número de expedientes por caza con parany

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El grupo ecologista Gecen solicita a la Generalitat Valenciana que diga cuántos expedientes sancionadores se abrieron en 2007 después de que la asociación denunciase cientos de paranys "con la localización exacta" que "continuaron cazando con total impunidad". La asociación mostró su temor de que las denuncias presentadas "no hayan servido de nada y hayan sufrido el mismo tratamiento que las sentencias judiciales que impiden este método masivo y no selectivo de caza, es decir, que hayan sido ignoradas".
PANORAMA-ACTUAL - 08/01/2008 11:03 h.


Gecen informó de que la sección segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona ha condenado por vía penal la práctica del parany, "abriendo la posibilidad real de acabar con este método ilegal de caza en Cataluá y en la Comunitat Valenciana".

Según los ecologistas, "cazar con parany es un delito contra la fauna, según ha sentenciado la sección segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, y consideran probado la vulneración del artículo 336 del Código Penal: "El que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva para la fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses y, en todo caso, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de uno a tres años. Si el daño causado fuera de notoria importancia, se impondrá la pena de prisión antes mencionada en su mitad superior".

Asimismo, recuerdan que "el acusado, J.B. Sancho, ha sido condenado a una pena de 8 meses de multa con una cuota de 6 euros al día y a la inhabilitación especial del derecho de cazar durante dos años". "Esta pena se suma a la ya impuesta por el juzgado penal de Tortosa, también de dos años de inhabilitación y 1.620 euros, por un delito por cazar con un método prohibido, y otra multa de 90 euros por una falta de desobediencia", agregó.

Gecen considera que la jurisprudencia de la sentencia "debe tener su aplicación en la Comunitat Valenciana", y añadió que, según el Ministerio Público, "esta sentencia no puede ser recurrida y establece un precedente, de forma que el resto de apelaciones seguirán el mismo razonamiento y considerarán la caza con parany un delito contra la fauna, en cuanto que método de caza indiscriminado".

"La exigencia de responsabilidades por vía penal debe de ser una prioridad que la asociación está analizando y que debe contar con el apoyo de jueces y fiscales", añadió Gecen, quien señaló: "la manifiesta prevaricación por parte de la Conselleria en no perseguir con los medios suficientes la práctica ilegal debe subsanarse con la aplicación del Código Penal contra aquellos que practiquen este método ilegal de caza y exigir, como no puede ser de otra forma, las responsabilidades oportunas a quienes desde la administración lo permiten".



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