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La Asociación Actyma ha presentado seis denuncias contra los "correbous".

archivado en:
Web Actyma, 26 Octubre 2008.
La Asociación Contra la Tortura y el Maltrato Animal (ACTYMA) ha presentado, durante esta temporada, seis denuncias contra diferentes modalidades de correbous: un toro de fuego (“embolat”) en Alc ana r, un becerro al mar en l’Ampolla, dos toros de fuego en Sant Jaume d’Enveja, un toro de cuerda en Amposta, un toro de fuego en Els Muntells, y toros de plaza en Mont-roig del Camp.
Las denuncias se han presentado con documentación gráfica (fotografías y filmaciones) que demuestran el sufrimiento físico y psicológico de los animales. Se insta a la Generalitat de Catalunya la apertura de expedientes sancionadores contra estos hechos.



ACTYMA denuncia las infracciones que han empeorado notablemente respeto a otros años, en esta temporada ha sido más grave el maltrato físico y psicológico contra los toros en estas celebraciones. Los animales han sufrido más violencia y vejaciones en general: han recibido fuertes golpes y puntapiés; se les han lanzado objetos encima (sillas, palos, piedras, vasos, latas, etc.), tierra a los ojos, agua a presión contra los ojos, trapos encima de los cuernos con fuego (con la clara intención de que los trapos se encendieran); han sufrido descargas eléctricas con la lanza; se han multiplicado los cohetes y fuegos artificiales contra los toros de fuego; se ha extremado la provocación de ansiedad a los toros de cuerda acabando embistiendo vehículos aparcados en las calles de las localidades denunciadas (por donde estaba previsto el paso de los toros);...etc. Muchos de estos animales acabaron malheridos, ensangrentados, e incluso se ha dado el caso de alguno muerto.



Recordamos a la Delegación del Gobierno que el DECRETO LEGISLATIVO 2/2008, de 15 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales, artículo 2.3, establece como conducta PROHIBIDA “provocar sufrimientos o maltratos a los animales o causarles estados de ansiedad o miedo”, y el artículo 5, letra a) dice que está PROHIBIDO “maltratar, agredir físicamente o someter a cualquier otra práctica que les produzca sufrimientos o daños físicos o psicológicos” a los animales. También recordamos a la Delegación , la Resolución de 12 de mayo de 1989, sobre espectáculos y fiestas tradicionales con toros, dónde se especifica que: “en estas celebraciones se denomine una comisión local formada por aficionados cualificados, que velarán por el orden y la seguridad de los participantes y por la evitación de maltratos innecesarios y sufrimientos injustificados a los animales”.



ACTYMA continuará denunciando las conductas contrarias a las leyes de protección de los derechos de los animales, y no descarta presentar denuncias por vía judicial contra las autoridades y los organizadores por permitir celebrar correbous dónde no hay tradición y con permisividad de maltrato animal.




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