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Las cosas mal hechas

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Los dueños de mascotas peligrosas desconocen aún dónde entregarlas
No existe ningún centro de recogida, pese a que el decreto que prohíbe su tenencia entró en vigor el 7 de marzo. La Junta y el Ayuntamiento de Málaga discrepan sobre la competencia

ALMUDENA NOGUÉS
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SUR

EL DECRETO
¿Qué prohíbe?: La tenencia como mascotas de animales que puedan poner en riesgo la integridad de las personas o del medio ambiente.

¿A quiénes afecta?: A las especies de reptiles que, en estado adulto, alcancen los dos kilos de peso. También a los anfibios, artrópodos y peces venenosos o cuya mordedura pueda causar daños importantes a las personas, así como a primates y mamíferos de especies salvajes que, en estado adulto, superen los diez kilos de peso, un límite que baja a cinco para las especies carnívoras. El decreto incluye, igualmente, una serie de requisitos para los amos de perros peligrosos.

¿Qué plazos contempla?: Seis meses desde la entrada en vigor de la norma -el 7 de marzo- para comunicarlo a sus ayuntamientos y entregar el ejemplar a las autoridades.

¿Qué multas acarrea?: Pueden llegar hasta los 115.000 euros.Desde hace tres semanas, los dueños de mascotas salvajes o exóticas que puedan poner en riesgo la integridad de personas o del medio ambiente están obligados por ley a deshacerse de ellas. La nueva normativa -diseñada por el Gobierno andaluz- entró en vigor el pasado 7 de marzo, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de la Junta de Andalucía. Hasta aquí la teoría. El problema, como denuncia la propia Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Málaga, es que hasta la fecha la administración no ha habilitado ningún recinto especializado para que los propietarios de estos animales puedan cumplir el decreto y depositarlos.

Fuentes de la Junta consultadas por este periódico afirman que son los ayuntamientos los que tienen que encargarse de crear centros de recogida. Sin embargo, desde el Consistorio rechazan esta responsabilidad e insisten en que si la norma la ha planteado el Gobierno andaluz «ellos mismos deben de encargarse de diseñar los medios para llevarla a cabo».

Al respecto, el texto publicado en el BOJA deja abierta la puerta a la ambigüedad, ya que no acaba de concretar este asunto. Así, por un lado recoge que «los animales clasificados como peligrosos no podrán estar fuera de los espacios expresamente autorizados por la Consejería competente». No obstate, en otro capítulo indica que «cuando se realice una actividad de explotación, cría, comercialización, adiestramiento recogida o residencia con los referidos animales se entenderá como ayuntamiento competente el del municipio donde se desarrolle ésta».

Para el presidente de la Sociedad Protectora, José Carlos Cabra, esta falta de acuerdo responde a la «improvisación» con la que, a su juicio, se ha puesto en marcha el decreto. «El problema es que la Junta lo ha aprobado sin dotar a las provincias de infraestructuras adecuadas», señaló al tiempo que aseguró que Málaga sólo cuenta con un centro extraoficial del Seprona, sito en el antiguo criadero de Los Naranjos, para acoger a estos animales. Un recinto que Cabra consideró inapropiado para recoger a los animales, «ya que ni reúne los requisitos ni está especializado», destacó.

Incertidumbre

El responsable de la protectora aseguró que están recibiendo múltiples llamadas de malagueños interesados en saber dónde depositarlas. «Hemos llegado a una situación esperpéntica, porque no sabemos contestarles. No existe ningún sitio, lo cual impide cumplir la norma».

No obstante, quienes tengan en casa alguna de estas especies tienen por delante un plazo de seis meses para despedirse de ellas. De lo contrario, la legislación -pionera en España- contempla multas que, según la gravedad, podrán alcanzar los 115.000 euros.

Como destacó la consejera de Gobernación Evangelina Navarro durante la presentación de esta norma, el objetivo del decreto es «incrementar la seguridad integral de la población». Para ello, el texto establece que tendrán que salir de viviendas y propiedades particulares los cocodrilos, caimanes y todas aquellas especies de reptiles que, en estado adulto, superen los dos kilos de peso. La obligación también alcanza a los anfibios, artrópodos y peces venenosos o cuya mordedura pueda causar daños importantes a las personas, así como a todos los primates y mamíferos salvajes que, en estado adulto, superen los diez kilos de peso, un límite que baja a cinco para las especies carnívoras.

Junto a los nuevos requisitos de tenencia de estos animales, la normativa contiene un extenso capítulo dedicado a la regulación de perros peligrosos, categoría en la que la administración regional incluye las razas contempladas en la ley estatal (pit bull terrier, staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu y akita inu) y añade la de doberman. Asimismo, le ley otorga esta clasificación a aquellos perros que hayan sido adiestrados para el ataque y a los que un veterinario certifique por su envergadura y carácter agresivo.

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