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La falacia de la "raza de lidia"

Esta es la unificación resumida de tres artículos de Luis Gilpérez Fraile (publicados en la Asociación Andaluza para la Defensa de los Animales, ASANDA). Se ha estructurado el contenido de manera cronológica y temática, integrando todos los datos, argumentos taxonómicos y críticas legales expuestos por el autor a lo largo de casi una década.

Es posible descargar una versión imprimible PDF de este artículo aquí.

La falacia de la "Raza de Lidia": Análisis integral desde la taxonomía, la legislación y la ciencia

Por Luis Gilpérez Fraile

Vicepresidente de ASANDA

1. El debate de fondo y unos conceptos básicos de taxonomía

¿Desaparecerá la "raza de lidia" cuando desaparezcan las corridas de toros? Esta es una pregunta recurrente entre colectivos animalistas y una de las argumentaciones más utilizadas por los taurómacos para defender su afición. Sin embargo, para responder de forma razonada, primero es obligatorio desmontar la premisa principal: si en verdad no existe el llamado "toro de lidia" como raza animal, la disyuntiva carece de sentido, pues no puede desaparecer lo que no existe.

Para no caer en la maraña de vocablos en la que suelen perderse los taurinos, es necesario revisar las normas internacionales recogidas en el Código Internacional de Nomenclatura Zoológica:

  • Género y Especie: Definida por la nomenclatura binominal linneana. Los animales de un mismo género comparten caracteres genéricos similares. Por ejemplo, el perro (Canis familiaris) y el lobo (Canis lupus) comparten el género Canis. Con los bóvidos ocurre igual: la vaca (Bos taurus) y el cebú (Bos indicus) pertenecen al género Bos. Los miembros de una misma especie se asemejan entre sí, se distinguen de otras especies y se reproducen dando descendientes fecundos.
  • Raza (o Variedad): Es una categoría inferior dentro de las especies politípicas, útil cuando grupos de una misma especie presentan caracteres claramente diferenciables (como un caniche y un mastín).

 

Para que un grupo de animales sea clasificado científicamente como una raza, debe cumplir inexorablemente tres reglas taxonómicas básicas:

1. Caracteres diferenciadores: Deben ser distintos con respecto a las demás razas de la misma especie.

2. Caracteres estables: Deben confirmarse y perpetuarse de forma regular a través de la herencia genética.

3. Descripción científica: Los rasgos deben ser susceptibles de descripción técnica y objetiva, quedando excluidas las apreciaciones subjetivas (como decir que un animal es "proporcionado").

 

2. Origen histórico del toro de lidia

El predecesor más antiguo conocido del ganado actual es el Bos planifrons (Plioceno), del cual descendieron el Bos primigenius (uro europeo) y el Bos nomadicus (uro afroasiático). Del cruce del Bos primigenius con alguna especie braquícera surgió, hacia el 10000-8000 a.C., el actual Bos taurus, que ya en el Neolítico contaba con al menos tres subespecies.

Debido a su domesticidad, el ser humano intervino buscando variedades para carne, trabajo y leche. En la España del siglo XIV, los datos históricos demuestran que los toros para los festejos se compraban directamente a los carniceros, quienes escogían a los ejemplares que se mostraban más agresivos dentro de vacadas criadas originalmente para carne (razas como la Berrenda, Cárdena, Salmantina o Retinta). Como ejemplo local, en 1487 en Sevilla se pagaron 2.500 maravedís al carnicero Juan Ruiz por cada uno de los ocho toros destinados a una corrida.

A mediados del siglo XVIII, algunos ganaderos descubrieron que criar reses en exclusiva para los espectáculos taurinos podía ser más rentable. Empezaron a seleccionar, cruzar y mestizar las razas autóctonas a su alcance. Sin embargo, este proceso no dio origen a una nueva raza, sino a una población heterogénea.

 

3. Por qué NO existe la raza de lidia

El denominado ganado de lidia no cumple ninguna de las tres reglas taxonómicas obligatorias para ser considerado una raza:

  • Inexistencia de caracteres morfológicos propios y diferenciadores: Los rasgos físicos son indefinibles por dispares. La descripción de un ejemplar de una ganadería no es aplicable a los de otra ganadería con el mismo fin. Factores como la alzada, peso, capas, cuernos o morrillo son completamente heterogéneos.
  • Inestabilidad de los caracteres psicológicos y físicos: El principal rasgo que se les atribuye es la "bravura". No obstante, este comportamiento no se perpetúa de forma regular. Si fuera un carácter genético estable, las "tientas" serían innecesarias y todos los hijos de padres "bravos" heredarían la bravura, cosa que no ocurre. Lo mismo pasa con su morfología; al comparar fotografías de distintas épocas de una misma ganadería, se aprecian cambios físicos drásticos.
  • Ausencia de descripción científica: Ningún tratado científico ha logrado describir rasgos diferenciadores estables. Autores de referencia en la materia, como García Dory, Martínez Vicente y Orozco Piñán en su Guía de campo de las razas autóctonas españolas, señalan explícitamente: "El ganado de lidia constituye en España una heterogénea población bovina a la que es bastante dudoso integrar dentro de raza...".

 

¿Qué son entonces?

Los toros de lidia actuales son animales mestizos que pertenecen a diversas pseudorrazas de Bos taurus. Su único denominador común recurrente es manifestar una agresividad o acometividad instintiva cuando son provocados o acosados, una característica meramente funcional que comparten con muchas otras especies e incluso con ejemplares de razas bovinas criadas para carne.

 

4. El absurdo legislativo: El Real Decreto 60/2001

Hasta principios del año 2001, el propio Reglamento de Espectáculos Taurinos evidenciaba la imposibilidad de definir científicamente la raza, limitándose a exigir que las reses estuvieran inscritas en un registro y respondieran a las características de su propia ganadería (un argumento circular sin base zootécnica).

La gran contradicción llegó con la promulgación del Real Decreto 60/2001, de 26 de enero, sobre el prototipo racial de la raza bovina de lidia. En lugar de establecer un prototipo científico riguroso a largo plazo, el decreto supuso una agresión directa a las leyes de la taxonomía al intentar elevar el desorden a la categoría de norma jurídica.

El texto legal define la morfología como "uniforme en lo primordial, pero considerablemente variada en aspectos accesorios" sin aclarar jamás qué es lo primordial. Al desglosar las regiones corporales, incurre en ambigüedades absolutas:

 

  • Cabeza: Perfil predominantemente subcóncavo, pero también recto o convexo.
  • Cuello: Papada muy desarrollada en unos, o apenas perceptible en otros.
  • Piel, pelo, mucosas y color: Grados de desarrollo variables, aspectos diferentes y tonos muy variopintos.

 

Para colmo, termina admitiendo 6 castas (lo que equivale a definir una "raza por razas"), 19 encastes diferentes, 4 líneas y 3 cruces, rematando con un cajón de sastre legal que permite incluir cruces variables y cambiantes. Un ejemplo claro de esta imposición política es el encaste Parladé, cuyo propio texto legal admite que han evolucionado de forma tan separada que "no puede describirse un prototipo específico de Parladé". Con tal nivel de laxitud, prácticamente cualquier ejemplar de carne de las razas bovinas españolas encajaría en la norma.

Haciendo una analogía canina, es como si para crear la raza oficial del perro "chucho" (callejero), el Estado dictara un decreto definiendo todos los tamaños, pelos y colores posibles de los perros sin raza del mundo; al final, en vez de definir una raza, se estaría describiendo vagamente a toda la especie Canis familiaris.

 

5. El laberinto de la pseudociencia taurina (Crítica al CETNOTOROLIDIA)

En la primavera de 2007, el panorama de la manipulación conceptual empeoró con la publicación del artículo anónimo «El Toro de Lidia» en la web del Centro de Investigación del Toro de Lidia en Castilla y León (dependiente del Instituto Tecnológico Agrario). Dicha publicación, lejos del rigor científico exigido por el Código Internacional de Nomenclatura Zoológica, introdujo términos quiméricos e incorrectos:

1. Errores de nomenclatura: Afirmó que el toro pertenecía a la especie "Bos taurus Braquíceros" (agregando un segundo apellido incorrecto para una especie binominal) y posteriormente lo catalogó como Subespecie "Lidia", Paramorfo Bos taurus B. africanus, dentro del "Clan Ibérico" y distribuido en estirpes. Una clasificación taxonómicamente imposible.

2. La falacia de las razas funcionales: El centro recurrió a la definición popular del diccionario de la RAE para justificar que la bravura define la raza por vía genética. Citando a autores como Sánchez Belda o Sotillo y Serrano, pretendieron justificar que la de lidia es una raza definida por su "rasgo funcional" (al igual que el caballo Pura Sangre Inglés se define por su velocidad). Sin embargo, olvidan que el caballo Pura Sangre cuenta con caracteres morfológicos perfectamente descritos, estables y diferenciadores desde el siglo XVIII que le permiten el logro funcional, algo que no ocurre con el toro.

3. Confusión terminológica: El propio documento se contradice al afirmar primero que el rasgo genético transmitido es la "bravura" y terminar sentenciando que "el único denominador común de todos los ejemplares es la acometividad". El uso de términos no definibles científicamente demuestra que el toro de lidia solo es catalogado como tal por el mero hecho de pertenecer administrativamente a una empresa ganadera de lidia.

 

6. Intereses económicos y el futuro de estos animales sin corridas

Los constantes mestizajes que evitan la fijación de una raza real no se deben a la falta de tiempo (dos siglos han sido más que suficientes), sino a los intereses del propio negocio taurino. Las figuras del toreo exigen, imponen o vetan ganaderías según las modas y según los toros se acomoden o no a sus estilos de faena. Esto ocurre desde el siglo XVIII, cuando toreros como "Illo" y "Costillares" firmaron un memorial exigiendo que no se compraran toros de la raza castellana. El propio sector taurino es el peor enemigo de la uniformidad zoológica del animal.

Cuando los taurinos muestran preocupación por la "extinción" del toro, incurren en una falta de sinceridad absoluta:

  • No les importa la pérdida de biodiversidad: muchas pseudorrazas históricas originarias creadas a partir de razas autóctonas en el siglo XVII (como la vazqueña, la raso-portillo o la jijonesa) ya se han extinguido o mestizado por completo debido a las modas comerciales, y ningún taurino protestó por ello.
  • Ignoran las verdaderas razas en peligro: en los últimos años han desaparecido razas bovinas españolas reales (como la campurriana, pasiega o lebaniega) y muchas otras se encuentran bajo una amenaza inminente de extinción (albera, blanca cacereña, cachena, murciana) sin que el sector taurino mueva un solo dedo para protegerlas. Actualmente, el 32% de las 27 razas bovinas autóctonas españolas están en peligro inminente y el 38% en peligro moderado.

 

Viabilidad económica y conservación en un escenario de abolición

El fin de la tauromaquia no implica la desaparición de estos animales. El gen de la agresividad natural no se creó para las corridas; al contrario, los ganaderos primitivos intentaron erradicarlo durante siglos buscando la mansedumbre para el trabajo y, aun así, el carácter aflora de forma natural.

Incluso si no se utilizaran en espectáculos, las actuales poblaciones de lidia son económicamente rentables como productoras de carne bajo sistemas de cría extensiva. Su rendimiento cárnico se sitúa en torno al 57%, una cifra superior al 55% que registran muchas de las razas españolas tradicionales de pastoreo. Esto las convierte en una alternativa productiva real y competitiva para terrenos difíciles o dehesas que no toleran razas más delicadas.

Históricamente, en España se utilizaron osos en espectáculos taurinos hasta bien avanzado el siglo XX; cuando dicha práctica fue abolida, los osos no desaparecieron. Si existiera una verdadera voluntad política y ecologista, bastaría con fijar científicamente los caracteres del fenotipo que se desee conservar, inscribir únicamente a los ejemplares que los cumplan en un Libro Genealógico estricto y protegerlos en espacios naturales. Los mismos colectivos que hoy luchamos firmemente por la abolición de la tortura taurina seríamos los primeros en defender la conservación y el bienestar de tan magníficos animales.

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